Es razonable extensión de plazo dado por Juzgado de Investigación Preparatoria

  • Sala Penal de Apelaciones, resolvió sobre caso Alcantarillado 3.
  • Es que se había ampliado el plazo para la realización de la pericia técnica a la Planta de Tratamiento PTAR.
  • Los ocho meses más, se cumple el próximo 17 de julio por lo que el Tribunal recomendó gestión de celeridad.

Ayer en horas de la mañana la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto, resolvió una apelación que se mostraba contraria a la ampliación de plazo para realizar la pericia técnica a la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales – PTAR de Iquitos, para 8 meses más.
La apelación que resolvió la Sala ayer fue presentada por uno de los abogados de la defensa, del total de los 9 imputados. Los 8 restantes habían mostrado su conformidad del plazo dado por el Juzgado de Investigación Preparatoria.
Así, tras la audiencia de ayer la Sala Penal de Apelaciones con la conducción del debate a cargo de la Dra. Roxana Chabela Carrión Ramírez, resolvió que el plazo razonable no ha sido vulnerado, por lo que el colegiado ha considerado que es una extensión proporcional, para que se lleve a cabo y se termine con la pericia técnica.
Por lo tanto, la Sala de Apelaciones ha declarado infundada la apelación interpuesta por la defensa de uno de los imputados, y ordenó la devolución de los actuados al juzgado de origen, dando por terminada la audiencia de ayer martes 16 de mayo, relacionado al caso Alcantarillado 3.
Lo resuelto también ha precisado que el plazo para la realización de la pericia técnica a la PTAR vence el 17 de julio del presente año, que no ha sido establecido en la resolución del Juzgado de Investigación Preparatoria, respectivo, por «lo cual este tribunal lo da por integrado, también», se dijo.
Los 8 meses se cuentan desde noviembre del 2016 que es el mes cuando la Contraloría General de la República responde con retraso de más de cinco meses la solicitud del Ministerio Público (Fiscalía Anticorrupción), diciendo «que recién está realizando dicha pericia técnica», luego que la fiscalía lo solicitara por no contar con peritos para esa diligencia.
Trascendió también en la audiencia que se trata de un proceso complejo y que para realizar dicha pericia sí se necesita varios datos, porque son cuatro puntos que necesita llevar a cabo la Contraloría. Esto en referencia a los más de 20 oficios remitidos por la Fiscalía a diversas entidades en el marco de las investigaciones y para soporte de la pericia técnica.
Se hizo notar también que la demora por más de 5 meses en responder por parte de la Contraloría General de la República, no puede llevar al Ministerio Público a tomar medidas de fuerza porque no le faculta. Además la Contraloría es un órgano Constitucional autónomo.
«Lo que sí puede el Ministerio Público es instar a la celeridad que debe tener la Contraloría para realizar dicha pericia técnica. Por lo tanto, en atención a ello, resulta que la extensión de plazo dado por el Juzgado de Investigación Preparatoria de ocho meses más, está dentro de un plazo razonable y este vence el 17 de julio del presente año, que no ha sido establecido en dicha resolución, lo cual este tribunal lo da por integrado, también», señaló el Dr. Del Piélago.
La Sala Penal de Apelaciones está integrado por los jueces superiores Dr. Carlos Alberto Del Piélago Cárdenas, quien la preside, e integrada por los doctores Reynaldo Elías Cajamarca Porras y Roxana Chabela Carrión Ramírez.
CUATRO PUNTOS PARA PERICIA TÉCNICA A LA PTAR
Respecto a los temas de la pericia técnica se resumió: Primero, se tiene que establecer si al momento de la firma del Acta de Recepción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales-PTAR, contaba o no con defectos constructivos. Dos, si existían observaciones pendientes de ser subsanadas por parte de la empresa contratista u otro contratista en obra.
Tres, si existían pagos pendientes de realizarse por parte del Gobierno Regional de Loreto, debiendo determinarse la naturaleza de los mismos y si estos se encontraban debidamente justificados y/o sustentados técnica y contablemente.
Cuatro, determinar si los equipos eléctricos y/o mecánicos instalados en la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la ciudad de Iquitos se encontraban operativos al momento de la suscripción del acta de levantamiento y observaciones, por parte de los imputados.
«Para que puedan determinar los cuatro puntos objeto de la pericia técnica, los peritos tienen que revisar el expediente técnico, el proceso de licitación. Además tienen que revisar sobre la Conformidad de la Entrega de la obra», se le escuchó exponer al fiscal superior especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto, Dr. Víctor Jovael Avelino Cruz.
Cabe reiterar, que para realizar las pericias técnicas, el Ministerio Público ha tenido que recurrir a solicitar apoyo a la Contraloría General de la República, a través de un comité de peritos, lo que estaría en el proceso de conformación con el soporte de especialistas locales. (Diana LM.)