«El NCPP significa un cambio radical en el proceso penal»

– Sostiene doctor Fernán Fernández  juez superior de la corte de Justicia de Arequipa

El doctor Fernán Fernández Cevallos quien es juez superior de la Corte Superior de Justicia de Arequipa en donde ya se está aplicando el Nuevo Código Procesal Penal , quien ayer disertó en el taller dirigido a jueces y trabajadores del Poder Judicial, sobre los temas «Salidas alternativas y mecanismos de simplificación procesal», así como el «Principio de oportunidad y acuerdo reparatorio, proceso inmediato y acusación directa, terminación anticipada  y conclusión anticipada», en diálogo con «La Región» manifestó,  el Nuevo Código Procesal Penal significa un cambio radical en el proceso penal en el país, en el tema «Salidas alternativas y mecanismos de simplificación procesal»  el código de procedimientos  penales del año 1940 reformada después por disposiciones dadas en los años 1990 y 2000, solamente permitía aplicar el principio de oportunidad  que era y es una suerte de facultad del ministerio Público de aquellos delitos que son inferiores de cuatro años poderlos negociar con el imputado. Si el imputado acepta el pago de indemnización a la víctima entonces el fiscal se abstenía de iniciar la acción penal.

El proceso de terminación anticipada estaba más a los delitos de tráfico de drogas, en cambio el NCPP establece varias salidas alternativas, considera el principio de oportunidad como una facultad que tiene el ministerio Público para concluir aquellos procesos de mínima incidencia, también considera que se apliquen principios de oportunidad en el momento que el fiscal acusa, en la audiencia el juez puede comunicar a las partes si es que todavía tienen la posibilidad de acordar, como es la pena a imponer, negocian la reparación civil para la víctima. Hay que mencionar que existen otras salidas como la terminación anticipada que es para cualquier tipo de delito, en donde el fiscal puede negociar con el imputado, en temas de que reconocen los hechos, en temas que se va a imponer, en la reparación civil a la víctima.

 

Todos los mecanismos que el CPP brinda está dentro de las «salidas alternativas», es decir, el proceso se origina en un conflicto penal de una persona que ha infringido una norma penal. Se busca dar la solución autocompositiva entre el fiscal titular de la acción penal, el demandante y el demandado, quienes se reúne para dar solución al conflicto antes de llegar al Poder Judicial , es decir son mecanismos de reducción  de costos que producen litigar en el ámbito de la administración de justicia.

 

Es importante que el Poder Judicial llegue a los lugares más lejanos del país llevando el conocimiento de lo que significa la reforma, pero, no solamente debe ser preocupación de los jueces, también debe ser preocupación del ministerio Público, del Colegio de Abogados, de la Defensa Pública que son los otros actores dentro del proceso penal, quienes deben preocuparse en aprender este nuevo conocimiento. (WGN)