EDICTOS

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00298-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto juzgado penal de Maynas, hace de conocimiento que el señor Juez ha dispuesto lo siguiente: SEÑALESE nueva fecha y hora, para recibir la declaración instructiva del encausado FERNANDO SALVADOR BANCES OYOLA, para el día DIECIOCHO DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo RECÍBASE la declaración instructiva/preventiva de los procesados/agraviados WILLIAM FERNANDO BANCES QUESQUEN y OTTO ANDRÉS OBENHAUSEN PINEDO, para el mismo día SEIS DE JUNIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, recordándoseles que se encuentran bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia. Lo que ha sido dispuesto en la Instrucción N° 298-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 27 de junio de 2011
V-3(11,12 y 13)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00299-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto juzgado penal de Maynas hace de conocimiento que el señor Juez ha dado la siguiente disposición:  HABILITESE fecha y hora, para recibir la declaración testimonial de MARTIN MESIAS MATIAS Y MARIA ELIZABETH FANO NUÑEZ, para el día DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS DIEZ Y TREINTA Y ONCE DE LA MAÑANA; asimismo RECÍBASE la declaración testimonial de JULIO MERINO DE LA CRUZ, para el día DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de disponerse su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia.  TENGASE por admitido al testigo LLERSON MANUYAMA COLLANTES, debiendo recibirse su declaración testimonial el día DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA; bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración en caso de inconcurrencia. Por haberse dispuesto así en la Instrucción N° 299-2011 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 27 de junio de 2011
V-3(11,12 y 13)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00348-2011-87-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal de Maynas hace de conocimiento que el señor Juez ha dispuesto lo siguiente: INSTALESE la Audiencia Especial de Terminación Anticipada, solicitada por el procesado JACKSON PEREA URRELO,  a llevarse a cabo el día DIECIOCHO DE JULIO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, debiendo estar presente el procesado en la fecha y hora señalada, en compañía de su abogado defensor, caso contrario se le nombrará uno de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por rechazada su solicitud, y proseguirse la causa conforme a su estado, por haberse dispuesto así en el incidente N° 348-2011-87 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 01 de julio de 2011
V-3(11,12 y 13)

 

Exp. 2010-693
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado Penal de Maynas, hace saber a las personas de MIGUEL PINEDO VELA, y PABLO ANDRES DAVILA LOPEZ,  que en el proceso que se le sigue en su contra por el Delito de Hurto Agravado en agravio de  de la Empresa  EDPIME EFECTIVA SA, se ha dictado lo siguiente: RESOLUCION NUMERO TRECE. Iquitos, uno de junio del dos mil once. Dado cuenta de autos, y habiéndose ordenado la remisión del presente expediente a ésta Secretaría. En consecuencia: Téngase por recibida la misma, debiendo proseguir conforme a su estado; y advirtiéndose el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente, y en aplicación del artículo quinto del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro: PÓNGASE de manifiesto por el término de diez días a disposición de las partes, para los alegatos de ley; y vencido ese lapso CUMPLA el secretario cursor en poner en mesa para expedir la sentencia de ley, hágase saber a las partes procesales, la primer otrosí digo: Téngase presente. Dándose intervención al secretario que autoriza por Disposición Superior; dispuesto así en el proceso 2010-893 por el Delito de Hurto Agravado.
Iquitos, 28 de junio del 2011
V-3(11,12 y 13)

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 01118-2011-0-1903-JR-PE-03
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado penal de Maynas hace de conocimiento que la señora Juez ha dispuesto que se lleven a cabo las siguientes diligencias: RECIBASE la declaración instructiva del procesado JORGE ANTONIO CAVERO FLOREZ, PARA EL DIA VEINTISÉIS DE JULIO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, debiendo concurrir en compañía de su abogado defensor, caso contrario, se le nombrará uno de oficio, quedando bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia; RECIBASE la declaración preventiva de EDWIN WILFREDO CORREA VASQUEZ y del representante legal del COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU, PARA EL DIA VEINTISÉIS DE JULIO DE DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE Y TREINTA Y DIEZ DE LA MAÑANA, respectivamente y en el orden mencionado, en el local del Juzgado. RECIBASE las declaraciones testimoniales de WALTER VICTORINO GUTIERREZ ZUMAETA, JHONFEER LUIS CONTRERAS RENGIFO Y JAVIER FRANCISCO CAVERO FLOREZ, PARA EL DIA VEINTISÉIS DE JULIO DE DOS MIL ONCE A HORAS DIEZ Y TREINTA, ONCE Y ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente y en el orden mencionado, en el local del Juzgado, bajo apercibimiento de ordenarse su conducción de grado o fuerza por la Policía Judicial en caso de inconcurrencia; notificándoseles por cédula con copia del auto de apertura, sin perjuicio de hacerlo mediante edicto para tal fin.
Iquitos, 05 de julio de 2011
V-3(11,12 y 13)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 01466-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
IMPUTADO: LLUNCOR ÑAUPARI, LUIS TEODORO
ESCOVAR MOZOMBITE, MARVIN
MESIA GONZALES, CARLOS ANTONIO
DELITO: COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD
EDICTO
El quinto juzgado Penal de Maynas hace de conocimiento que la señora juez ha dictado la siguiente resolución:  RESOLUCIÓN NÚMERO UNO   Iquitos, veintisiete de junio de dos mil once.-    AUTOS Y VISTOS; (…): RESUELVE: en la VIA SUMARIA: ABRIR INSTRUCCIÓN contra CARLOS ANTONIO MESIA GONZALES, MARVIN ESCOBAR MOZOMBITE Y LUIS TEODORO LLUNCOR ÑAUPARI, como presuntos autores del delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA en la modalidad de COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS, en agravio de la SOCIEDAD, representada por el Ministerio Público, ilícito previsto en el primer párrafo del Artículo DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO del Código Penal, (…); En tal virtud DÍCTESE MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA contra los referidos procesados CARLOS ANTONIO MESIA GONZALES, MARVIN ESCOBAR MOZOMBITE Y LUIS TEODORO LLUNCOR ÑAUPARI; quienes quedan sujetos a las siguientes reglas de conducta: de conformidad al inciso tres y cinco del articulo ciento cuarenta y tres del Código Procesal Penal. a) comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado cada treinta días a informar sobre sus actividades y controlarse con su respectiva libreta, b) no ausentarse del lugar de su domicilio sin previa autorización del Juzgado, c) Pagar una CAUCIÓN en la suma de QUINIENTOS NUEVOS SOLES, cada uno de los procesados, la misma que deberá ser depositada en el Banco de la Nación a nombre del Juzgado, dentro del término de treinta días, todo ello bajo apercibimiento de  revocar dicha medida por el de Detención, en caso de incumplimiento; (…) RECÁBESE las declaración instructiva de los procesados CARLOS ANTONIO MESIA GONZALES, MARVIN ESCOBAR MOZOMBITE Y LUIS TEODORO LLUNCOR ÑAUPARI el día TRECE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS NUEVE, NUEVE Y TREINTA Y DIEZ DE LA MAÑANA, respectivamente y en el orden mencionado, en el Local del Juzgado, quienes deberán concurrir conjuntamente con su abogado defensor o en su defecto el Juzgado les designara uno de oficio; (…), bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente y ordenarse su captura en caso de inconcurrencia. RECÁBESE la declaración testimonial de JUSTO PASTOR CASTILLO HERENCIA, WILFREDO CUEVA MENDOZA, RODRIGO CRUZADO SAAVEDRA, VANESSA MAGALY ÑAUPARI HUAMAN, MARIA ELENA PORRAS MENDOZA Y ADITH RIOS APAGUEÑO, para el día TRECE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS DIEZ Y TREINTA, ONCE Y ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, DOCE DEL MEDIODÍA, Y DOS Y DOS Y TREINTA DE LA TARDE, respectivamente y en el orden mencionado, (…), bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza por la policía judicial en caso de inconcurrencia. RECÁBESE la declaración testimonial de ROSARIO DEL CARMEN MERA AMASIFUEN, FLOR MILAGROS RUBIO ARICARI, BARTOLOME VALENTIN PORTUGUES SANCHEZ, HERMOGENES CUEVA MENDOZA, BUENAVENTURA LORENZO PAJUELO RONDAN, WILFREDO CUEVA MENDOZA, JUANA CLEMENTINA ZEVALLOS FLORES Y RICHARD JOSELIN LOPEZ MIGUEL, para el día CATORCE DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS NUEVE, NUEVE Y TREINTA, DIEZ, DIEZ Y TREINTA, ONCE Y ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, DOCE DEL MEDIODÍA Y DOS DE LA TARDE, respectivamente y en el orden mencionado, (…), bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza por la policía judicial en caso de inconcurrencia. (…).
Iquitos, 27 de junio de 2011
V-3(11,12 y 13)

 

Exp. N° 2011-1471
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente y por disposición de la Señora Juez del Quinto Juzgado Penal de Maynas CITA y LLAMA a las personas de RECÁBESE las declaración instructiva de la procesada KATTY SARITA SOTO AREVALO para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en el Local del Juzgado, quien deberá concurrir conjuntamente con su abogado defensor o en su defecto el Juzgado le designara uno de oficio; notificándoseles para su concurrencia, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente y ordenarse su captura en caso de inconcurrencia, sin perjuicio de notificarlo por edicto. RECÁBESE la declaración preventiva de la EMPRESA KC FISH EIRL, debidamente representada por su representante legal, para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, notificándosele para su concurrencia por cédula. RECÁBESE la declaración testimonial de MARIA EUSEBIO SILVANO TAMANI, LUIS ALBERTO MURAYARI AHUANARI, SUSY MARIBEL SOTO AREVALO, GERMAN HUARNIZ DIAZ y ECHEGALLER ROLANDO EULOGIO SANCHEZ, para el día SEIS DE JULIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE; NUEVE Y TREINTA; DIEZ; DIEZ Y TREINTA; ONCE; y ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, respectivamente en el orden mencionado, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza por la Policía judicial en caso de inconcurrencia; por haberse así dispuesto en el proceso 2005-1775 por el delito de Hurto agravado que se sigue.
Iquitos, 05 de julio del 2011
V-3(11,12 y 13)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 01472-2011-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
IMPUTADO: PACAYA CAHUAZA, NANCY
DELITO: LESIONES LEVES
ROJAS TEJADA, JUAN CARLOS
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: ELLOS MISMOS
EDICTO
El Quinto Juzgado penal de Maynas, hace de conocimiento que la señora Juez ha dictado la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO  Iquitos, cuatro de julio de dos mil once.-    AUTOS Y VISTOS; (…): RESUELVE: en la VIA SUMARIA: ABRIR INSTRUCCIÓN contra JUAN CARLOS ROJAS TEJADA y NANCY PACAYA CAHUAZA como presuntos autores del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES LEVES, en agravio de ELLOS MISMOS, previsto en el primer párrafo del Artículo ciento veintidós del Código Penal; en tal virtud DÍCTESE MANDATO DE COMPARECENCIA SIMPLE contra los referidos procesados JUAN CARLOS ROJAS TEJADA y NANCY PACAYA CAHUAZA; En consecuencia actúense las siguientes diligencias: RECÁBESE la declaración instructiva/preventiva de los procesados JUAN CARLOS ROJAS TEJADA y NANCY PACAYA CAHUAZA, el día VEINTIUNO DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS NUEVE Y DIEZ DE LA MAÑANA, respectivamente y en el orden mencionado, en el local del Juzgado, quienes deberán concurrir conjuntamente con su abogado defensor o en su defecto el Juzgado les designara uno de oficio; (…), bajo apercibimiento de ser declarados Reos Ausentes y ordenarse su captura A NIVEL NACIONAL en caso de inconcurrencia. RECÁBESE las declaraciones testimoniales de LIZ ELIANA MELENDEZ PANDURO, SEGUNDO BASILIO PIÑA YAICATE, DIOSELINA PIZANGO ATRAVERO y JUANITA LUZ JAVA TORRES, para el mismo día VEINTIUNO DE JULIO DE DOS MIL ONCE, A HORAS ONCE Y ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, DOCE DEL MEDIODÍA Y DOS DE LA TARDE, respectivamente y en el orden mencionado, (…), bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza por la Policía Judicial en caso de inconcurrencia. (…).
Iquitos, 04 de julio de 2011
V-3(11,12 y 13)

 

Exp. N° 2005-1775
Sec. Gamaniel Laulate
5to. Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente y por disposición de la Señora Juez del Quinto Juzgado Penal de Maynas CITA y LLAMA a las personas de ROY PINEDO CURMAYARI, REYNER SÁNCHEZ HUARMIRIYURI, CESAR JOHAN SHIBUYA BRIONES y JERRY LEVIS RIOS DIAZ para el día DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA; DOCE DEL MEDIODIA; DOS DE LA TARDE; DOS Y TREINTA DE LA TARDE, respectivamente en el orden mencionado en el Local del Juzgado, quienes deberá concurrir conjuntamente con su abogado defensor o en su defecto el Juzgado le designara uno de oficio; notificándoseles para su concurrencia, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente y/o contumaz y ordenarse su captura en caso de inconcurrencia, sin perjuicio de notificarlo por edicto. RECÁBESE la declaración preventiva de la EMPRESA COMERCIAL IQUITOS –COMISA S.A., debidamente representada por su representante legal para el día DIECIOCHO DE JULIO  DEL DOS MIL ONCE, A HORAS TRES DE LA TARDE, notificándosele para su concurrencia por cédula. Y cúrsese oficio del auto apertorio; por haberse así dispuesto en el proceso 2005-1775 por el delito de Hurto agravado en agravio de la COMISA S.A.
Iquitos, 27 de junio del 2011
V-3(11,12 y 13)

 

 

EDICTO
En el Exp. Nº 2011-00156, seguido por PETROLEOS DEL PERU – PETROPERU S.A. contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELÉN Y OTROS sobre NULIDAD DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA, la Sra. Juez, María Luisa Padilla Arpita y Secretario Marco Valerio Grández Celis. Resolución N° 10 de fecha 27-06-2011, ha resuelto se notifique por edicto a la persona del codemandado don José Martín Pinedo Pérez, con un extracto de la demanda, Resolución Admisoria y la presente resolución, debiendo realizarse las publicaciones por tres días hábiles en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario “La Región” para que se apersone y conteste la demanda, dentro del término de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- Demanda  de fecha siete de marzo de 2011, PETROLEOS DEL PERU – PETROPERU S.A., interpone demanda CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELÉN Y OTROS, para que se DECLARE LA NULIDAD DE LA RESOLUCION DENEGATORIA FICTA y, accesoriamente, LA NULIDAD DE LAS CONSTANCIAS DE POSESIÓN emitidas por la Municipalidad Distrital de Belén con fecha 04 de mayo de 2009 en favor de personas que ocupan las Manzanas “A” y “B” del Asentamiento Humano “Sol Naciente”, y de cualquier otro documento similar emitido en la misma fecha o en fecha posterior, sobre el terreno en cuestión. Resolución N° 02 de fecha treinta de marzo de 2011, Considerando: QUINTO.- Que la demanda de impugnación de Acto o Resolución Administrativa cumple con los requisitos de admisibilidad y procedencia contenidos en los artículos 424º y 425º del Código Procesal Civil; SEXTO.- Que en tal sentido, en atención a los medios probatorios, fundamentos fácticos y jurídicos que en la demanda se exponen está judicatura RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PETROLEOS DEL PERU – PETROPERU S.A., representado por LUIS ROBERTO RODRIGUEZ CLARKE, contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELÉN Y OTROS, representado por su Alcalde don Hermógenes Flores Gómez y por su Procurador Público Municipal, sobre IMPUGNACION DE ACTO O RESOLUCION ADMINISTRATIVA, en la Vía del Procedimiento Especial. Confiéraseles traslado a los demandados antes acotados, por el término improrrogable de diez días, a fin de que contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguírsele el proceso en su rebeldía, conforme lo dispone el artículo cuatrocientos cincuenta y ocho del Código Procesal Civil.- Interviniendo el Sr. Juez que suscribe por licencia por enfermedad de la Sra. Juez Titular.
Iquitos, 05 de julio de 2011
MARCO VALERIO GRANDEZ CELIS
Secretario Judicial
Juzgado Contencioso Administrativo de Maynas
V-3(11,12 y 13)
(S/.54.30)

 

Exp. N° 149-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 149-2011 seguido contra RUDY LAY DEQUER RAMOS SINARAHUA, JORGE OMAR CHAVEZ PINEDO Y WINTER ADRIEL TENAZOA ROMAYNA por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de WILLIAM RAUL ABARCA FLORES la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:-
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES (30.06.2011)…AMPLIESE el plazo de investigación en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado RUDY  LAY  DEQUER RAMOS SINARAHUA, para el día veintiuno de julio del año en curso a horas diez de la mañana, bajo apercibimiento de revocar el mandato de comparecencia simple y ser declarado  REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. 2) RECIBASE la Referencial de la menor CASSANDRA HUANIRI MALAFAYA, para el día veintiuno de julio del año en curso a horas once de la mañana, quien deberá concurrir acompañada de su progenitora, notificándose para tal fin. 3) RECIBASE la declaración Testimonial de BETTY SOLORZANO MEZA Y KARINA MALAFAYA FLORES, para el día veintiuno de julio del año en curso a horas once con treinta y doce del medio día, respectivamente, notificándose para tal fin. 4) PRACTIQUESE la  Ratificación del Certificado Médico Legal N° 009062-L de fojas treinta y tres, para el día veintiuno de julio del año en curso a horas doce con treinta del medio día, notificándose para tal fin. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez MARÍA ESTHER FELICES MENDOZA. Fdo. Secretaria Judicial  ANGELA VALERIA PINEDO REÁTEGUI.
Iquitos 30 de junio del 2011
V-3(11,12 y 13)

 

Exp. N° 607-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 607-2011 seguido contra BRUNO JAVIER ASENCIOS VALES por el delito de DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD en agravio de EL ESTADO  la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:-
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (28.06.2011)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECIBASE la declaración Instructiva del procesado BRUNO JAVIER ASENCIOS VALES, para el día veinte de julio del año en curso a horas once de la mañana, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 2) RECÁBESE los antecedentes penales, policiales y judiciales del procesado. 3) RECIBASE la declaración preventiva del Procurador Público del Ministerio del Interior, para el día veinte de julio del año en curso a horas diez con treinta de la mañana, notificándose para tal fin. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez MARÍA ESTHER FELICES MENDOZA. Fdo. Secretaria Judicial  ANGELA VALERIA PINEDO REÁTEGUI.
Iquitos 28 de junio del 2011
V-3(11,12 y 13)

 

Exp. N° 676-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 676-2011 seguido contra NEYLL NICOLAS VILLA CANCINO por el delito de APROPIACION ILICITA en agravio de EWER RUBIO ROBLES  la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:-
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (28.06.2011)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECIBASE la declaración Instructiva del procesado NEYLL NICOLAS VILLA CANCINO, para el día diecinueve de julio del año en curso a horas once con treinta de la mañana, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 2) RECÁBESE los antecedentes penales, policiales y judiciales del procesado. 3) RECIBASE la declaración preventiva del agraviado EWER RUBIO ROBLES, para el día dieciocho de julio del año en curso a horas doce con treinta del medio día, notificándose para tal fin.  Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez MARÍA ESTHER FELICES MENDOZA. Fdo. Secretaria Judicial  ANGELA VALERIA PINEDO REÁTEGUI.
Iquitos 28 de junio del 2011
V-3(11,12 y 13)

 

Exp. N° 1013-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 1013-2011 seguido contra LEONARDO MEZA TAPAYURI  por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION en agravio de LA SOCIEDAD la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:-
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (27.06.2011)…AMPLIESE el plazo de investigación en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado LEONARDO MEZA TAPAYURI, para el día catorce de julio del año en curso a horas diez de la mañana, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 2) RECABESE los antecedentes penales, policiales y judiciales del procesado. 3) RECIBASE la declaración preventiva del Procurador Público en representación de la sociedad , para el día catorce de julio del año en curso a horas once de la mañana, notificándose para tal fin. 4) PRACTIQUESE la  Ratificación del Certificado de Dosaje Etílico, para el día catorce de julio del año en curso a horas once con treinta de la tarde, notificándose para tal fin. 5)  RECIBASE la testimonial del efectivo policial FRANCISCO MARIN SANDOVAL, para el día catorce de julio del año en curso a horas doce del medio día, notificándose para tal fin. 6) RECIBASE la declaración  de DORA LOVERA CORDOVA como tercero civilmente responsable, para el día catorce de julio del año en curso a horas doce con treinta del medio día, notificándose para tal fin. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez MARÍA ESTHER FELICES MENDOZA. Fdo. Secretaria Judicial  ANGELA VALERIA PINEDO REÁTEGUI.
Iquitos 27 de junio del 2011
V-3(11,12 y 13)

Exp. N° 1022-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 1022-2011 seguido contra JAHIR MOZOMBITE CHAVEZ  por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION en agravio de LA SOCIEDAD la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:-
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (27.06.2011)…AMPLIESE el plazo de investigación en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración preventiva del Procurador Público en representación de la Sociedad, para el día trece de julio del año en curso a horas tres de la tarde, notificándose para tal fin. 2) RECIBASE la declaración de ALMIRO MOZOMBITE MERMAO, como tercero civilmente responsable, para el día catorce de julio del año en curso a horas nueve con treinta de la mañana, notificándose para tal fin  3) RECABESE los antecedentes penales, policiales y judiciales del procesado. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez MARÍA ESTHER FELICES MENDOZA. Fdo. Secretaria Judicial  ANGELA VALERIA PINEDO REÁTEGUI.
Iquitos 27 de junio del 2011
V-3(11,12 y 13)

 

Exp. N° 1053-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 1053-2011 seguido contra DORILA SOLON RICOPA por el delito de LESIONES LEVES en agravio de LINGER JOB OLORTEGUI CULQUI  la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:-
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES (30.06.2011)…AMPLIESE el plazo de investigación en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECABESE los antecedentes penales, policiales y judiciales de la procesada DORILA SOLON RICOPA. 2) PRACTIQUESE la  Ratificación del Certificado Médico Legal N° 003095-VFL de fojas quince, para el día once de julio del año en curso a horas diez de la mañana, notificándose para tal fin. 3) RECIBASE la declaración testimonial de VIVIANA SOLON RICOPA, para el día once de julio del año en curso a horas once de la mañana, notificándose para tal fin. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez MARÍA ESTHER FELICES MENDOZA. Fdo. Secretaria Judicial  ANGELA VALERIA PINEDO REÁTEGUI.
Iquitos 30 de junio del 2011
V-1(11)

 

 

EDICTO PENAL
Instr. N°: 2009 – 02458
Secretaria de Sala: Abog. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
Por disposición Superior de la Segunda Sala Penal de Loreto, Cita, Llama y Emplaza a GENARO MARCIAL TELLO CORREA, MANUEL ENRIQUE SANCHEZ MATTOS, SEGUNDO FRANCISCO CORDOVA HUANAQUIRI y FRANCISCO CORDOVA ARZUBIALDES, en calidad de testigos, para que concurran a rendir sus respectivas declaraciones, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penal de Varones de Maynas, el MARTES DOCE DE JULIO DEL DOS MIL ONCE, A LAS ONCE HORAS Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA; al haberse dispuesto así en el Expediente N° 2009-02458 seguido contra Fernando Morey Oliveira, por el delito contra la Salud Pública – Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado. Bajo apercibimiento de ser conducidos de grado y/o fuerza por la policía judicial.
Iquitos, 07 de julio de 2011.
V-2(11 y 12)