E improcedente requerimiento de prórroga en investigación de créditos agrarios

Fiscalía tendrá que pronunciarse la próxima semana sobre investigación seguida en los créditos agrarios.

-Declaran fundada caducidad de plazos

-Juzgado da diez días al Ministerio Público para que se pronuncie por acusación o archivamiento definitivo del caso. 

Como es de conocimiento público la mencionada investigación se ha venido desarrollando por un periodo cercano a los tres años, en reciente audiencia pública de requerimiento de prórroga del plazo del proceso complejo, con la presencia del represente del Ministerio Público; los abogados de los procesados Lira Reátegui, Leonel Vásquez y Roy Meza, así como de Iván Vásquez y Walter Cambero, solicitaron la caducidad del plazo.

Fiscalía tendrá que pronunciarse la próxima semana sobre investigación seguida en los créditos agrarios.
Fiscalía tendrá que pronunciarse la próxima semana sobre investigación seguida en los créditos agrarios.

Sobre el proceso, la fiscalía provincial formalizó investigación preparatoria el pasado 05 de setiembre de 2011 donde se dispuso el plazo de 120 días, disponiéndose los actos de investigación como recabar información de Contraloría de la República, sobre el informe especial correspondiente a los proyectos de inversión pública en el que se hubiera incluido a los créditos agrarios. Así como la realización de la pericia correspondiente por parte del perito asignado a la fiscalía para que determine los hallazgos o hechos relevantes, así como la participación individual de los imputados, así como el perjuicio patrimonial ocasionado al Estado.

El 05 de diciembre de 2011 el Ministerio Público (presentado ante el Poder Judicial el 14 de diciembre 2011) la fiscalía declaró compleja la investigación preparatoria con un plazo de 8 meses solicitando al gobierno regional que remita documentación que acredite el desembolso de los créditos aprobados a prestatarios. Así como documentación suscrita con la empresa Servicios Integrados, así como con EDPYME-Proempresa y el Gorel que incluyeran los requisitos para acceder a los créditos agrarios.

El 17 de mayo de 2012 la fiscalía presenta requerimiento de prórroga de plazo de investigación preparatoria por un plazo de 8 meses, realizándose la audiencia el 02 de julio de 2012, la que fue declarada nula por la sala de apelaciones, volviéndose a señalar fecha y hora para dicha audiencia para el 21 de diciembre de 2012. En la mencionada audiencia el representante del Ministerio Público, argumentó la complejidad del caso y que las pruebas sobre los créditos se han recabado parcialmente en razón que no han obtenido del Gorel las Resoluciones Ejecutivas Regionales que crearon, modificaron y ampliaron los programas de créditos, la abundancia de créditos otorgados, resultando dificultoso recabar los medios probatorios ya que los funcionarios no han mantenido una actitud de apertura.

Asimismo, para determinar el perjuicio causado se hace necesaria una pericia contable de actuación complicada, resultando necesario dar el tiempo que estime pertinente la Contraloría para terminar el examen de control iniciado el dos de abril en el gobierno regional respecto a los créditos. Y que necesitan de mayores elementos para acusar o no acusar a los implicados, de acuerdo a la garantía del nuevo código procesal penal, por lo que solicita se declare fundado el pedido de prórroga de plazo para la investigación.

DECLARARON FUNDADA LA CADUCIDAD DE PLAZO

La jueza del tercer juzgado de investigación preparatoria Abog. Annur Peixoto Soplín, «el plazo se originó en el imperativo de la ley, lo que establece como un plazo extintivo, por ello un plazo de caducidad. Su efecto es extintivo respecto de un derecho existente que para hacer efectiva su pretensión, debió ejecutarse la acción correspondiente antes de su vencimiento.

Pero si el plazo se origina en el imperativo de la ley, que lo establece como genuino plazo extintivo es, por ello, un plazo de caducidad. Su efecto es extintivo respecto a un derecho existente que para hacer efectiva su pretensión, debió ejercitarse la acción correspondiente antes de su vencimiento. El plazo de caducidad opera necesariamente ex tunc, es decir con efecto retroactivo para extinguir el derecho como si nunca hubiera existido», detalló la jueza.

Frente a ello RESOLVIÓ: «Declarar fundada la caducidad interpuesta por los procesados e improcedente el requerimiento de prórroga del plazo de investigación compleja solicitada por el Ministerio Público, debiendo emitir la fiscalía su disposición dentro del plazo de 10 días, precisó. Es decir, la próxima semana el Ministerio Público tendrá que dar a conocer si acusa o no acusa a los procesados y si resuelve o no archivar definitivamente el caso de los créditos agrarios otorgados a través del gobierno regional en Loreto.