Dejen a los jueces hacer su trabajo.c

Objetivamente desde que los pueblos del Perú asomaron a una nueva forma social y política de gobierno, tras la jura de la independencia, la sociedad de nuestra patria rigió las normas y principios públicos mediante la intervención de letrados en derecho público, cuya denominación de «jueces» eliminó radicalmente la presencia de los «oidores» de la era colonial.

Sin duda alguna la presencia de magistrados como actores principales en los asuntos contenciosos, desde su aparición en la vida pública  del país, ha sido de singular relevancia jurídica, pues  sabido es que cuando surgen desacuerdos  entre dos partes, sea cual fuere el motivo de la discrepancia, es el juez quien gracias a sus estudios sobre derecho, debe resolver el conflicto, accediendo a los derechos de cada uno de los litigantes, cuya discordia debe arribar a una solución legal sustentada y puesta en práctica por el juez, respaldado por el contenido de las leyes vigentes en el país.

Como consecuencia del crecimiento del país, los casos contenciosos fueron multiplicándose, llegando a saturar el accionar jurídico de los jueces, lo cual obligó a reformas en la estructura judicial que se vio obligada  a ampliar el contingente jurídico mediante el nombramiento de nuevos titulares en cada ámbito judicial, otorgándoles a dichos juzgados, al menos en el papel, una independencia total para discernir y ejecutar sentencia, rigiéndose siempre en los textos legales que respaldan al poder judicial.

Aquí queremos establecer deslindes en cuanto a un acto judicial, en el cual la palabra legal en torno al proceso investigatorio, viene siendo cuestionada por una prensa que parecería pretende manipular para que se sentencie conforme  a  su criterio y no como dicta la ley, que en tres oportunidades declaró inocente al sindicado como culpable de un asesinato aún  no esclarecido.

Resulta un poco preocupante que en el país, periodísticamente  se le otorgue  mayor crédito  a las inculpaciones provenientes del relato oral de personas e instituciones interesadas en causar daño,  sin parar en mientes cuanta mentira se vierta  con tal de lograr que sea el criterio «chismográfico» el que prevalezca antes que el criterio jurídico que ajustado a ley, prescindiendo de la tesis interesadas, decide por una sentencia absolutoria, respaldada por los principios jurídicos que rigen la justicia en nuestro país.

El tema es más amplio. Lo seguiremos tratando en otras entregas; aprovechamos también de este espacio, para felicitar a los jueces del país, que ayer celebraron su día.