«Con el nuevo Código Procesal Penal se respetan los derechos de las personas»

– Doctor Aldo Atarama :

Con relación a que el Nuevo Código Procesal Penal es muy garantista, el presidente de la Sala Penal de Apelaciones de la CSJLO, doctor Aldo Atarama, hace las precisiones  correspondientes, yo respeto la opinión del general de la PNP o de otra persona que tenga la opinión de esa naturaleza , pero con el respeto que se merece yo refuto, porque lo que debemos entender es que el NCPP es novedoso, y es un instrumento nuevo en donde se recoge todos los principios de las normas internacionales de derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, Pactos Internacionales de  Derechos Civiles y Políticos, en los que se exige a nivel mundial que los países suscriptores de  estos convenios respeten el debido proceso que es una lucha que tiene siglos.

La Declaración de Universal de Derechos Humanos dada en 1848, cambia una concepción en donde el principio de pro societatis es cambiado por  pro hominis que está plasmada en nuestra Constitución Política del Perú, que dice que la dignidad de la persona está por encima  de la sociedad y del Estado, es decir a quien hay que proteger con estos nuevos principios es a la persona.

Pero, esto no quiere decir que una persona que comete delitos quede en libertad, que a una persona que se le demuestre la comisión de un delito sea absuelta por meros formalismos, eso no. Lo que debemos entender que este  NCPP nos obliga a los operadores jurídicos actuar con mayor dedicación, respetando el derecho de las personas y resolviendo con la drasticidad que existe. El NCPP es una norma de procedimientos a la que se le pretende echar la culpa del crecimiento de la delincuencia en el país y eso no es verdad.

Antes el fiscal mandaba  un escrito y desaparecía por la audiencia, nadie fundamentaba o pedía el porqué alguien debería ir a la cárcel; es más, nadie lo pedía, pero era el juez sin necesidad de ver a quién metía a la cárcel lo hacía, ya no era  uno el quien peleaba con este imputado porque al juez tampoco  le interesaba mucho el caso, hoy hace de manera inmediata, pero además con la presencia del imputado, con la presencia de su abogado defensor y con la presencia del representante del Ministerio Público, además se hace de manera pública, pero haciendo respetar sus derechos, que se le diga al imputado que todo lo que dice puede ser usado en su contra, que tiene derecho a guardar silencio, a tener un abogado defensor, es decir sabiendo el porqué se le está imputando pueda defenderse y no a ciegas como se hacía antes.

Lo que debemos es propiciar es el respeto al derecho a las personas, por eso es que la Policía Nacional y el Ministerio Público tienen que actuar con mucha dedicación y tolerancia.

Debe quedar claro, se exige que la intervención de la Policía Nacional y del propio Ministerio Público cuando participan en los operativos, sean para garantizar los derechos de las personas  y no para violarlos, pues cuando hay intervenciones en donde se violan los derechos fundamentales, en este caso van a terminar no solo en libertad, sino hasta procesados, porque actúan mal, porque la violación de los derechos fundamentales acarrean responsabilidad no solo administrativa, también penal y por eso lo que planteamos es que todos los operadores de justicia estemos conscientes que hacer una intervención no significa violar los derechos, significa hacer valer los derechos.

Debemos aclarar que el NCPP ya no nos deja actuar como nos dé la gana  o como quisiéramos, o te detengo porque tienes cara de delincuente, o porque te tengo odio, o por otros motivos, nosotros no vamos a permitir que se use al Poder judicial para vendetas personales  o particulares, lo que debemos hacer es administrar justicia respetando el debido proceso, sancionando los actos de corrupción,  los actos criminales, los actos delincuenciales que está generando una zozobra terrible en nuestra sociedad.

El Ministerio Público debe presentar las pruebas correspondientes, pero debe presentarlos bien para que después no sean situaciones que generen impunidad. Hay ejemplos claros, como el caso del deportista Simpson que fue acusado de matar a su esposa y por el hecho de no haberle dicho que tiene que guardar silencio, que tiene derecho de tener un abogado y que tiene el derecho de hacer una llamada, todo el caso se vino abajo y tuvo que ser puesto en libertad. (WGN)

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