Aprobó la reducción de tasas registrales

-Modifican DS No. 017-2010-JUS

– Son rubros correspondientes al registro de Predios y al Registro de Personas Jurídicas

Mediante el DS No. 018-2010-JUS publicado en el diario oficial El Peruano del sábado 23 de octubre del 2010, en su considerando dice: Que, mediante Decreto Supremo No. 017-2010-JUS se aprobó la reducción de tasas registrales en diversos  rubros correspondientes al Registro de Predios y al registro de Personas Jurídicas;

Que, el artículo 3º establece las tasas correspondientes al Registro de Personas Jurídicas, rubros constitución de empresas, aumento de capital y reducción de capital, por lo que resulta necesario modificar respecto del monto de la cuantía de la tasa de calificación que corresponde a cada uno de dichos rubros.

La modificación del DS 017-2010-JUS dice:

Artículo 3º.- Tasas para el Registro de Personas Jurídicas

Redúzcanse las tasas registrales correspondientes, rubros de constitución de empresas, aumento de capital y reducción de capital, las que serán de:

–           1,08% de la UIT como tasa fija de calificación para la constitución de empresas.

–           0,24% de la UIT como tasa fija de calificación para el aumento y reducción de capital.

–           1,5/1000 del valor del acto valorizado hasta 14 UITs por derecho de inscripción.

La jefa encargada de los Registros Públicos SUNARP-IV Iquitos, María Isabel Vásquez Villacorta, sobre esta reducción de tasas, dijo, tiene por finalidad facilitar el clima de negocios en el Perú, mejorando el clima de competitividad y ubicación del ranking mundial «Doing Bussines» mediante la reducción de tasas registrales. (WGN)